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El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad dará a los pensionistas no contributivos un complemento para pagar el alquiler de su vivienda

  • Acuerdo en el Consejo de Ministros
  • La medida figura en los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio y mantiene la cuantía de los dos años anteriores, de 525 euros anuales
  • Las mujeres serán las principales beneficiarias, ya que representan casi el 82% de los pensionistas no contributivos de jubilación
3 de agosto de 2012. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la concesión a los pensionistas no contributivos de un complemento para el alquiler de la vivienda de residencia. Con esta medida se da cumplimiento al Real Decreto Ley del pasado 30 de diciembre para la corrección del déficit público y el precepto correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio. La cuantía de este complemento es de 525 euros anuales, una partida que no se ha reducido respecto a los dos años anteriores. En este sentido, la ministra, Ana Mato, ha resaltado la importancia de mantener esta ayuda pese a las dificultades económicas: “El Ministerio está decidido a mantener su compromiso con los grupos de población más vulnerables”, ha afirmado.
 
El Real Decreto al que el Consejo de Ministros ha dado hoy el visto bueno regula el reconocimiento y abono del complemento, los procedimientos de solicitud y el contenido y requisitos que hay que cumplimentar.
 
Entre los mencionados requisitos para acogerse al complemento figuran los siguientes:
 
-          Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
 
-          Acreditar fehacientemente que carece de vivienda en propiedad y que tiene, como residencia habitual, una vivienda alquilada.
 
-          Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
 
-          No tener relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
 
-          Tener fijada la residencia habitual en la vivienda alquilada.
 
         Las solicitudes, con los correspondientes requisitos cumplimentados, deberán estar formalizadas antes del próximo 31 de diciembre. El plazo de resolución y de notificación es de tres meses a partir de entonces.
 

            Una medida como ésta conlleva un destacado impacto de género, toda vez que, según datos oficiales, las mujeres representan el 81,66% de los pensionistas no contributivos de jubilación. En cifras generales, el complemento benefició en 2010 a 14.210 personas y en 2011, a 17.616.