Identificadores Únicos de Objetos (OID)

1. ¿Qué son los Identificadores Únicos de Objetos (OID)?

Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) un OID es: “un valor único global asociado con un objeto que lo identifica sin ambigüedades”. Esta definición formal procede de un estándar de la ITU y de la Organización Internacional para la Normalización (ISO). Estos OID se representan mediante una cadena de caracteres formada por números y puntos, como por ejemplo: 1.3.6.1 que se corresponde con el OID asignado a Internet.

 

2. ¿Para qué sirven los OID?

Los OID son utilizados por múltiples protocolos para identificar autoridades de asignación y registros. Una autoridad de asignación, definida por un OID, es un sistema capaz de nombrar objetos.

Un ejemplo de su uso en información clínica podría ser en las comunicaciones entre varios agentes por medio de mensajería electrónica. En esos mensajes suele hallarse información clínica codificada y no saber con exactitud a qué catálogo, clasificación o terminología representan esos códigos. Los OID nos ayudan a identificar la fuente de información a la que pertenecen esos códigos de forma inequívoca.

 

3. OID en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Para que la interoperabilidad se pueda producir entre los diferentes sistemas de información, tanto en el SNS, como en el ámbito internacional, resulta necesario que cada una de las organizaciones sanitarias del SNS disponga de una raíz de OID normalizada. En este sentido, el Ministerio de Sanidad y Política Social, en propuesta acordada por el Consejo Interterritorial, solicitó un OID raíz para el conjunto del SNS.

Este OID para el conjunto del SNS, administrado por el Ministerio de Sanidad y Política Social, se corresponde con el:

2.16.724.4{joint-iso-itu-t(2) country(16) es(724) sns(4)}

De esta raíz del SNS se asignan los arcos de las organizaciones sanitarias del SNS (estos arcos son denominados de forma provisional por el nombre de la Comunidad Autónoma. El nombre exacto del OID corresponderá a la definición que las propias organizaciones sanitarias de las Comunidades Autónomas establezcan, como por ejemplo, 2.16.724.4.5 Canarias, Consejería de Sanidad, Servicio Canario de la Salud):

 

3.1. OID asignados en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

2.16.724.4.1 Andalucía
2.16.724.4.2 Aragón
2.16.724.4.3 Asturias (Principado de)
2.16.724.4.4 Balears (Illes)
2.16.724.4.5 Canarias
2.16.724.4.6 Cantabria
2.16.724.4.7 Castilla y León
2.16.724.4.8 Castilla-La Mancha
2.16.724.4.9 Cataluña
2.16.724.4.10 Comunitat Valenciana
2.16.724.4.11 Extremadura
2.16.724.4.12 Galicia
2.16.724.4.13 Madrid (Comunidad de)
2.16.724.4.14 Murcia (Región de)
2.16.724.4.15 Navarra (Comunidad Foral de)
2.16.724.4.16 País Vasco
2.16.724.4.17 Rioja (La)
2.16.724.4.18 Ceuta (Ciudad Autónoma de)
2.16.724.4.19 Melilla (Ciudad Autónoma de)

2.16.724.4.21 Ministerio de Sanidad y Política Social

2.16.724.4.21.5.1 Catálogo Nacional de Hospitales
2.16.724.4.21.5.2 Catálogo de Centros de AP
2.16.724.4.21.5.3 Nomenclátor Digitalis-Integra
2.16.724.4.21.5.4 Nomenclátor Alcántara

Otros OIDs asignados bajo el arco del SNS:

2.16.724.4.40 Código del SNS (cod. SNS)
2.16.724.4.41 Código de Identificación Personal (CIP)
2.16.724.4.42 Código de Identificación de la Entidad Emisora (CITE)

2.16.724.4.22 INGESA
2.16.724.4.23 MUFACE
2.16.724.4.24 MUGEJU
2.16.724.4.25 ISFAS

 

 

4. Para más información sobre los OID.

Para más información sobre este tema puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico: semanticaSNS@msps.es