Consejo Estatal del Pueblo Gitano

 

 

¿Qué es el Consejo Estatal del Pueblo Gitano?

El Consejo Estatal del Pueblo Gitano es un órgano colegiado interministerial, consultivo y asesor, adscrito al Ministerio de Sanidad y Política Social A través del Consejo se confiere un carácter institucional a la colaboración y la cooperación del movimiento asociativo gitano con la Administración General del Estado para el desarrollo de políticas de bienestar social que posibiliten la promoción integral de la población gitana.

¿Qué normativa lo regula?

El Consejo Estatal del Pueblo Gitano se crea y regula por el Real Decreto 891/2005 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , de 22 de julio.

El proceso selectivo para la designación de las vocalías del Consejo Estatal del Pueblo Gitano en representación del movimiento asociativo gitano se convocó mediante la Orden TAS/3795/2005 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , de 21 de noviembre.

La designación de las vocalías del Consejo en representación del movimiento asociativo gitano se publicó mediante Resolución de la Secretaría de Estado Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. de 22 de marzo de 2006.

¿Cuáles son sus funciones?

El Consejo Estatal del Pueblo Gitano, como órgano colegiado de participación y asesoramiento sobre las políticas públicas que redunden en el desarrollo integral de la población gitana, tiene atribuidas, entre otras, las siguientes funciones:

  • Proponer y asesorar sobre medidas para la promoción integral de la población gitana.
  • Presentar iniciativas en relación con la financiación para programas destinados a la población gitana.
  • Colaborar y cooperar con otros consejos análogos que trabajen en la defensa de los derechos humanos.
  • Emitir dictámenes e informes sobre aquellos proyectos normativos que afecten a la población gitana, en especial, sobre el desarrollo de la igualdad de trato y de oportunidades.
  • Promover la comunicación y el intercambio de información para facilitar la convivencia y la cohesión social entre la ciudadanía gitana y la sociedad en general.

¿Cómo se organiza?

El Consejo Estatal del Pueblo Gitano funciona a través de:

  • EL PLENO. Se reunirá un mínimo de dos veces por año.
  • LA COMISIÓN PERMANENTE. Actúa como órgano ejecutivo del Consejo y celebrará, al menos, dos reuniones ordinarias al año.
  • El nombramiento de la representación de las organizaciones del movimiento asociativo gitano se renovará cada cuatro años por medio de convocatoria pública.
  • LOS GRUPOS DE TRABAJO. El Consejo Estatal del Pueblo Gitano puede constituir comisiones y grupos de trabajo para el mejor desarrollo de sus fines y objetivos.

¿Quiénes lo integran?

El PLENO del Consejo Estatal del Pueblo Gitano está constituido por:

  • Presidencia: Secretario/a General de Política Social.
  • Vicepresidencia primera: Director/a General de Política Social, de las Familias y de la Infancia.
  • Vicepresidencia segunda: La ostentará uno de los vocales representante del movimiento asociativo gitano, elegido por las vocalías de las organizaciones que forman parte del Consejo.
  • Secretaría: Subdirector/a General de Programas Sociales.
  • Vocalías:
    • En representación de la Administración General del Estado:
      • Ministerio de Educación
      • Ministerio de Trabajo e Inmigración
      • Ministerio de Igualdad
      • Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
      • Ministerio de Justicia.
      • Ministerio de Economía y Hacienda.
      • Ministerio del Interior.
      • Ministerio de la Presidencia
      • Ministerio de Política Territorial.
      • Ministerio de Cultura.
      • Ministerio de Sanidad y Política Social .
      • Ministerio de Vivienda.
    • En representación de las organizaciones del movimiento asociativo gitano:
      • Unión Romaní.
      • Fundación Secretariado Gitano.
      • Asociación Nacional Presencia Gitana.
      • Federación Autonómica de Asociaciones Gitanas de la Comunidad Valenciana.
      • Federación de Asociaciones Culturales Cristianas de Andalucía.
      • Federación de Asociaciones Gitanas Extremeñas.
      • Federación de Asociaciones Gitanas de Castilla y León.
      • Asociación de Mujeres Gitanas "Alboreá".
      • Federación Regional Gitana de Asociaciones de Castilla-La Mancha.
      • Asociación de Enseñantes con Gitanos.
      • Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas "Kamira".
      • Federación de Asociaciones Gitanas de Cataluña.
      • Asociación Juvenil Cultural Gitana "Ardiñelo Kaló".
      • Federación de Asociaciones Gitanas de Aragón.
      • Asociación Iniciativa Gitana.
      • Federación de Asociaciones Gitanas de Navarra "Gaz Kaló".
      • Asociación Socio-Cultural de las Minorías Étnicas "Unga".
      • Federación Andaluza de Mujeres Gitanas "Fakali".
      • Asociación de Promoción Gitana en La Rioja.
      • Federación de Asociaciones Gitanas para la integración laboral y social, promoción y desarrollo del pueblo gitano "Calí".

LA COMISIÓN PERMANENTE se compone de:

  • Presidencia: Vicepresidente/a primero del Consejo.
  • Vicepresidente/a segundo del Consejo.
  • Secretaría: Secretario/a del Consejo.
  • Vocalías:
    • Seis vocalías en representación de los Ministerios de Educación, Política Social y Deporte, de Trabajo e Inmigración, de Cultura, de Sanidad y Consumo, y de Vivienda.
    • Seis vocalías en representación del movimiento asociativo gitano.

LOS GRUPOS DE TRABAJO Los grupos de trabajo constituidos por el Consejo son:

  • Empleo y Acción Social
  • Educación
  • Cultura
  • Salud
  • Vivienda