La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios es el órgano al que corresponde la dirección, desarrollo y ejecución de la política farmacéutica del departamento, así como el ejercicio de las funciones que competen al Estado en materia de financiación pública y fijación del precio de los medicamentos y productos sanitarios, y las condiciones especiales de prescripción y dispensación de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, en particular el establecimiento de visados previos a la dispensación.
Le corresponde asimismo, ejercer la potestad sancionadora cuando realice funciones inspectoras.
La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, en el marco de la
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema
Nacional de Salud
, establecerá los criterios generales y comunes para el
desarrollo de la colaboración de las oficinas de farmacia, por medio de
conciertos que garanticen a los ciudadanos la dispensación en condiciones de
igualdad efectiva en todo el territorio nacional, independientemente de su
comunidad autónoma de residencia.
En concreto, le corresponde el desarrollo de las siguientes funciones:
.
; realizar
informes periódicos sobre evolución del gasto público farmacéutico, sin
perjuicio de las funciones que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema
Nacional de Salud
, encomienda a la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios.
, sin perjuicio de las competencias de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios en esta materia. Autorizar la publicidad de
medicamentos de uso humano en los casos en que su otorgamiento corresponda al
Ministerio de Sanidad y Consumo.
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